El texto de la nota de prensa es el siguiente:
" Medidas de racionalizaci�n del gasto que afectan a las ense�anzas no universitarias
1. Modificaci�n de las ratios de la LOE con car�cter temporal.
Permite a las CCAA en momentos de limitaci�n de la tasa de reposici�n (cuando esta sea inferior al 50%) aumentar en un 20% el n�mero m�ximo de alumnos por clase previsto en la LOE: 25 en Primaria y 30 en Secundaria.
� En la actualidad la LOE ya contempla un incremento del 10% del n�mero m�ximo de alumnos (art�culo 87.2), por lo que s�lo se plantea un incremento de otro 10% sobre lo ya previsto en la ley.
2. Aumento de las horas lectivas del personal docente.
Establecer un m�nimo de 25 horas lectivas en Educaci�n Infantil y Primaria y de 20 horas en las restantes ense�anzas, sin perjuicio de las reducciones que correspondan por ejercicio de funciones de direcci�n o coordinaci�n del centro.
� Es una medida que exige un esfuerzo por parte de los docentes pero que tampoco va a afectar a la calidad de la educaci�n. Hay margen de actuaci�n en este punto en la medida en que la ratio alumnos/profesor de Espa�a (8.6) es la segunda m�s baja de toda la UE y la OCDE.
� De hecho Espa�a se encuentra, junto a Portugal, Italia, Eslovenia, Chequia, Austria y Luxemburgo, en el grupo de pa�ses de la OCDE que tiene ratios bajas y bajo rendimiento. En contraste con Francia, Alemania, Pa�ses Bajos, Estonia o Reino Unido, que tienen ratios altas y alto rendimiento acad�mico.
3. Aplazamiento de la implantaci�n de los Ciclos Formativos de 2.000 horas previstos en la LOE para Grado Medio y Grado Superior.
Se tratar�a de diferir la aplicaci�n del RD 1147/2011 al curso 2014-2015, al igual que est� previsto con el RD 1146/2011 para el caso de la ESO.
4. Modificaci�n del criterio de nombramiento de sustitutos determinando que las bajas inferiores a 10 d�as lectivos deber�n ser atendidas por los recursos del propio centro.
El nombramiento de funcionarios interinos por sustituci�n transitoria de los profesores titulares se producir� �nicamente cuando hayan transcurrido diez d�as lectivos desde la situaci�n que da origen a dicho nombramiento.
5. Eliminaci�n de la obligatoriedad de ofertar, al menos dos modalidades de Bachillerato en los t�rminos previstos en la LOE.
Se propone su derogaci�n a fin de que sean las Administraciones educativas las que determinen la oferta de Bachillerato de los centros, de acuerdo a la demanda de los alumnos y a sus necesidades de organizaci�n educativa.
Medidas de racionalizaci�n del gasto que afectan a las ense�anzas universitarias
1. Aproximaci�n de los precios p�blicos de los servicios acad�micos de las Universidades al coste efectivo de los mismos
El coste de la primera matr�cula cubrir� entre el 15 y el 25% del coste real en los t�tulos de grado y M�steres habilitantes para el ejercicio de una profesi�n.
La segunda matr�cula cubrir� entre el 30 y el 40% del coste real.
La tercera matr�cula entre el 65 y el 75%
La cuarta matr�cula entre el 90 y el 100% del coste real de las ense�anzas.
Para el resto de M�steres, los no habilitantes para el ejercicio de una profesi�n, la primera matr�cula cubrir� entre el 40 y el 50% del coste real, y entre el 65 y el 75% de los costes a partir de la segunda matr�cula.
El grado de aplicaci�n depender� de cada Comunidad Aut�noma
2. Racionalizar el n�mero de titulaciones de grado mediante la exigencia de un n�mero m�nimo de alumnos
Esta medida tiene por objeto actuar sobre la dimensi�n m�nima de una oferta �viable�, es decir, sobre el n�mero m�nimo de alumnos que ha de tener una titulaci�n. Este criterio lo fijar�n las Comunidades Aut�nomas en di�logo con las Universidades.
Hay que tener en cuenta varios datos:
� Casi el 30% de los t�tulos comienza con menos del n�mero m�nimo de alumnos para garantizar su viabilidad econ�mica (50 alumnos).
� Espa�a cuenta con 79 universidades y 236 campus, que ofertan 2.413 grados universitarios, 2.758 m�steres y 1.680 doctorados. Existe un excedente de oferta de ense�anza universitaria que la CRUE cifr� en el curso 2008/2009 en m�s del 13%.
3. R�gimen de dedicaci�n del profesorado universitario
El profesor universitario tiene una doble funci�n: la docente y la investigadora. Sin embargo, solo el 50% de los mismos est� investigando (tiene un sexenio de investigaci�n vivo). Por ello se propone adaptar el r�gimen de dedicaci�n seg�n si cumplen s�lo con la funci�n docente o con ambas (la docente y la investigadora).
� Aquellos funcionarios docentes sin sexenio en activo o vivo, que ampl�en su dedicaci�n m�xima docente de 24 a 32 cr�ditos al a�o.
� Los que mantengan los sexenios activos o vivos, seguir�an en la misma situaci�n de dedicaci�n m�xima, los 24 cr�ditos anuales. Este grupo es el mayoritario dentro de la Universidad (m�s del 50%).
� Aquellos que muestren excelencia en la investigaci�n se especialicen en �sta, reduciendo su dedicaci�n m�xima docente a un m�ximo de 16 cr�ditos. Esto �ltimo se acreditar� mediante un sexenio de excelencia que se definir� en desarrollos normativos posteriores.
� No se aumenta el n�mero de horas de clase a todos los profesores, s�lo a aquellos que mayoritariamente se dedican a su funci�n docente.
4. Incorporar el principio de estabilidad presupuestaria a las Universidades
Se trata de dise�ar un sistema que garantice la estabilidad presupuestaria de las universidades, no s�lo en el momento de elaborar el presupuesto sino tambi�n en la liquidaci�n del mismo. Se establecer� adem�s un sistema punitivo para aquellas universidades que incumplan, a cargo de las CCAA.
5. Limitaci�n de incorporaci�n de personal de nuevo ingreso en las Universidades
Los nuevos ingresos deber�s acomodarse a lo que al efecto disponga la normativa b�sica sobre Oferta de Empleo P�blico ".