aci�n de una modificaci�n del articulo 68 del Reglamento de R�gimen Acad�mico, relativo a libre elecci�n curricular por materias cursadas, en el sentido de que un estudiante podr� completar el porcentaje de cr�ditos determinado en su plan de estudios matricul�ndose y cursando asignaturas troncales y obligatorias de la propia titulaci�n cuando �sta contemple opcionalidad de lenguas y siempre y cuando dichas materias no se hayan cursado como troncales u obligatorias previamente. Estas asignaturas tienen que ofertarse como lengua adicional y las matriculaciones consideradas en este caso no pueden implicar desdoble de los tama�os de grupo previamente establecidos.
Esta modificaci�n lleva tambi�n a la del articulo 74 referente a incompatibilidades en el sentido de que no podr�n cursarse como de libre elecci�n curricular las asignaturas troncales y obligatorias de la propia titulaci�n excepto para el caso de titulaciones que contemplen opcionalidad de lenguas.
Tambi�n fue aprobada la normativa de Reconocimiento y Transferencia de cr�ditos para titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educaci�n Superior (EEES). Esta normativa, entre otros aspectos, contempla el reconocimiento de estudios realizados previamente a los nuevos planes de Grado, as� como cr�ditos por actividades culturales, deportivas, por el ejercicio de cargos de representaci�n estudiantil y por actividades solidarias y de cooperaci�n. Asimismo regula la forma de acreditar el conocimiento de una lengua extranjera para la obtenci�n de las nuevas titulaciones de Grado en la Universidad de C�rdoba.