canos han subrayado "el papel fundamental de las Facultades de Derecho en la formaci�n continua y permanente de todo jurista", al tiempo que declaran que "en la formaci�n jur�dica posterior a la obtenci�n del t�tulo de Grado en Derecho, en cualquiera de sus vertientes -oficiales y profesionales-, las Facultades de Derecho deben participar en el dise�o, impartici�n y evaluaci�n de estas ense�anzas".
En cuanto a la capacitaci�n adicional de juristas, los decano creen que se deber� exigir "la obtenci�n del correspondiente t�tulo oficial de m�ster que prepare y habilite como condici�n para el acceso al ejercicio de dichas profesiones".
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