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Lunes, 17 de Abril de 2006 14:59

Ejercicio del voto por correo en las elecciones al Claustro

G.C. - C.M.
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Hasta las 14 horas del 21 de abril est� abierto el plazo para la petici�n del voto por correo de acuerdo con lo establecido en el Reglamento electoral de la UCO y en la convocatoria de elecciones al claustro. La votaci�n podr� realizarse, conforme a las citadas disposiciones, hasta las 14 horas del
27 de abril.

Conforme a Reglamento electoral el voto por correo podr�n utilizarlo los electores que prevean que el d�a de la votaci�n no podr�n emitir personalmente su voto ante la Mesa Electoral. Emitido el voto por correo en el plazo previsto en la convocatoria, no se podr� volver a votar ante la Mesa Electoral.

Quienes pretendan utilizar el voto por correo deber� solicitarlo a la Comisi�n Electoral dentro del plazo previsto en la convocatoria. Esta solicitud, dirigida al presidente de la Comisi�n Electoral, deber� presentarse en el Registro General de la Universidad o en las secretar�as de las Facultades o Escuelas que, inmediatamente despu�s de concluido el plazo, har�n entrega de las solicitudes presentadas a la Comisi�n Electoral. Recibida la solicitud la Comisi�n Electoral remitir� al solicitante la documentaci�n correspondiente.

Una vez que el elector haya cumplimentado la papeleta de voto, la introducir� en el sobre normalizado de votaci�n correspondiente, sin inscripci�n exterior alguna, y lo cerrar�. Este sobre, junto con la fotocopia del DNI o del pasaporte, se introducir� en otro sobre, dirigido al presidente de la Mesa Electoral en la que deba ejercer su derecho al voto, en el que se especificar�n el nombre y apellidos del votante y el colectivo al que pertenece y que deber� ir firmado en la solapa.

En las elecciones a Claustro y a rector el voto emitido deber� remitirse a la Comisi�n Electoral, que lo har� llegar a las mesas electorales. El sufragio podr� entregarse en los mismos Registros antes se�alados, a cuyo efecto la Comisi�n Electoral determinar� la documentaci�n que deba cumplimentarse por los secretarios de las Facultades o Escuelas.

S�lo ser�n v�lidos los votos que consten en los Registros habilitados al efecto en la fecha y hora del cierre del plazo establecido para su entrega, que siempre finalizar� con anterioridad al inicio del periodo de votaci�n presencial. Los electores que hayan emitido su voto, cuando �ste no conste entregado dentro de plazo, mantendr�n el derecho a emitir su sufragio, personalmente, ante la Mesa, el d�a de la votaci�n.

Constituidas las Mesas Electorales se les har� entrega de los votos emitidos por correo, que introducir�n en la urna antes de que se inicie el periodo de tiempo de la votaci�n presencial, se�al�ndolo en la lista del censo. En las elecciones a Claustro y Rector la entrega de votos se realizar� por el secretario general de la Universidad, con certificaci�n acreditativa de los recibidos en el plazo establecido al efecto.

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